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CONVOCATORIA DEL PROCESO DE ADMISIÓN EN EDUCACIÓN BÁSICA, CICLO ESCOLAR 2025-2026

Inicia: 26 enero 2025
hasta 14 agosto 2025

La Secretaría de Educación en el Estado del Estado de Jalisco, para desarrollar el proceso de admisión en educación básica para las funciones docente y técnico docente, a efecto de contar con maestras y maestros con los conocimientos y aptitudes necesarios para contribuir al desarrollo integral y máximo logro de aprendizaje de los educandos; de conformidad con el artículo 30, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 12, 15, fracción VIII, y 39 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros; artículo 94 de la Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco y el Acuerdo que contiene las disposiciones, criterios e indicadores para la realización del proceso de admisión en educación básica, ciclo escolar 2025-2026 (en lo subsecuente, el Acuerdo).

CONVOCA

A toda persona que decida participar voluntariamente en el proceso de admisión en educación
básica, ciclo escolar 2025-20 26, de conformidad con el Acuerdo, y las siguientes:

Bases

PRIMERA. REQUISITOS PARA LA PARTICIPACIÓN.
SEGUNDA. PLAZAS DISPONIBLES.
TERCERA. PERFIL PROFESIONAL A CUBRIR POR LAS PERSONAS PARTICIPANTES.
CUARTA. ELEMENTOS MULTI FACTORIALES Y SU VALORACIÓN.
QUINTA. REGISTRO PARA PARTICIPAR.
SEXTA. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS.
SÉPTIMA. RECURSO DE RECONSIDERACIÓN.
OCTAVA. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE PLAZAS.
NOVENA. REQUISITOS DE CONTRATACIÓN.
DÉCIMA. MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
DÉCIMA PRIMERA. GUÍAS DE ESTUDIO Y BIBLIOGRAFÍA DE APOYO.
DÉCIMA SEGUNDA. CONSIDERACIONES GENERALES.

Consultar la Convocatoria completa.

Requisitos

PRIMERA. REQUISITOS PARA LA PARTICIPACIÓN.
Las personas que decidan participar en este proceso de admisión deberán acreditar al momento de su registro al proceso los requisitos que se indican en el artículo io del Acuerdo, que son los siguientes:
1. Estudios de licenciatura con el título o cédula profesional o, en su caso, acta de examen profesional, certificado o constancia oficial de estudios, todos en original, conforme a lo previsto en el Transitorio Quinto del Acuerdo;
II. Cubrir el perfil profesional con la licenciatura que se acredita para participar y que sea afín al área de conocimiento del nivel, servicio o materia educativa al que aspira;
III. Contar con certificado CENNI nivel 12 o superior vigente del idioma inglés, para las personas que aspiren a la función docente en la materia de inglés;
IV. Acreditar, antes de la aplicación de la apreciación de conocimientos y aptitudes, las habilidades lingüísticas, sólo para las personas que aspiren a la función docente en educación inicial indígena, preescolar indígena o primaria indígena. Esta autoridad educativa será la responsable de aplicar el procedimiento de valoración que determine para la acreditación respectiva, en el que se incluirá el nivel de dominio de las cuatro habilidades de la competencia lingüística de una lengua indígena: comprensión auditiva, expresión oral, comprensión lectora y la expresión escrita. Aquellas remitirán los resultados obtenidos de la valoración a la Unidad del Sistema en la fecha que esta determine;
V. Acreditar el curso de habilidades docentes y digitales para la nueva escuela mexicana.
La Unidad del Sistema comunicará los mecanismos para que la persona participante tenga la oportunidad de acreditarlo. El curso será autoadministrable y se llevará a cabo en línea para realizarse desde cualquier dispositivo electrónico con conexión a internet, además se desarrollará mediante videos, audios, lecturas y ejercicios para promover el análisis y reflexión sobre las habilidades docentes requeridas en la nueva escuela mexicana y en las habilidades digitales;
VI. No ocupar plaza docente, técnico docente, de dirección o de supervisión con nombramiento definitivo o en proceso de obtenerlo, en cualquier entidad federativa, en el mismo nivel o servicio educativo al que aspira. En caso de hacerlo en un nivel o servicio educativo distinto y sea sujeto de asignación de plaza, se deberá cumplir con los criterios de compatibilidad vigentes, y
VII. Los demás que se especifiquen en los elementos multifactoriales establecidos en el Acuerdo.

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