¿Quiénes somos?
Contribuir a que las y los Estudiantes de educación básica con discapacidad y/o aptitudes sobresalientes que asisten a los Servicios de Educación Especial permanezcan en el ciclo escolar.
Realizar Acciones académicas para la atención educativa especializada a Estudiantes con discapacidad y/o aptitudes sobresalientes que contribuya al desarrollo de sus capacidades.
Realizar Acciones de atención complementaria para Estudiantes con discapacidad y/o con aptitudes sobresalientes.
Dotar de Equipamiento específico en beneficio de Estudiantes con discapacidad y/o con aptitudes sobresalientes.
Las y los Estudiantes con discapacidad y/o con aptitudes sobresalientes atendidos por los SEE focalizados por las AEL y la AEFCM
Los Gobiernos de las Entidades Federativas y la AEFCM, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Presentar a la DGDC, dentro de los 25 días naturales posteriores a la fecha de publicación de las RO en el DOF, un diagnóstico que dé cuenta de la población atendida y las necesidades identificadas en los SEE, relacionados con los objetivos del PFSEE;
b) Enviar a la SEB a más tardar en los 13 días naturales posteriores a la fecha de publicación de las RO en el DOF, la Carta Compromiso (Anexo 1),
c) Contar con una cuenta bancaria productiva específica para la administración y ejercicio de los subsidios del PFSEE en apego a lo establecido en el artículo 69 de la LGCG, dicha gestión deberá realizarse por la Secretaría de Finanzas o equivalente de los Gobiernos de los Estados. La AEL será responsable de comunicar mediante oficio a la DGDC los datos de la cuenta bancaria productiva específica del PFSEE debiendo incluir la fecha de apertura de la cuenta, número de cuenta bancaria, número de CLABE, nombres de los firmantes autorizados para la operación de la cuenta bancaria, independientemente de las gestiones que realicen con la SEB, a más tardar en los 20 días naturales posteriores a la fecha de publicación de las RO en el DOF. Para el caso de la AEFCM operará un acuerdo de traspaso de ramo a ramo, y,
d) Formalizar a más tardar en los 25 días naturales posteriores a la fecha de publicación de las RO en el DOF el correspondiente Convenio para la Operación del Programa Fortalecimiento de los Servicios de Educación Especial (Anexo 2) y para el caso de la AEFCM los Lineamientos Internos de Coordinación para la Operación del Programa Fortalecimiento de los Servicios de Educación Especial (Anexo 2a)
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